Permiso A2
Traducido, esto significa que al cumplir 18 años podemos optar a conducir motos de cualquier cilindrada con una potencia máxima de 48CV (aprox) y una relación potencia/peso del doble que lo que permite llevar el A1. Ah, y que si se trata de una moto limitada, esa moto sin limitar no puede tener una potencia superior a 96CV (aprox).
Al tanto, que en ningún momento he hablado de CV exactos, ya que la ley se expresa en kW y eso es lo que vale. Por si acaso hay alguien que se ha perdido, para pasar de kW a CV hay que dividir los kW por 0,736 (y para pasar de CV a kW hay que multiplicar los CV por ese mismo número), pero siempre nos saldrá un resultado aproximado, nunca exacto.
Y al tanto, segunda parte, que en ningún momento he hablado de tal o cual cilindrada. Los cm³ concretos para cada modelo serán los que sean dependiendo de cómo se haya dimensionado el motor, pero la ley habla de potencia en kW y nada más. Que no os la den con queso cuando vayáis a compraros la burra de vuestros sueños.